decreto 1089/2012 - art 18°
Destrucción de Historia clínica
Según la Reglamentación de la Ley de Derechos del Paciente a través de su decreto 1089/2012, en su art 18°, se procederá a destrucción de Historia Clínica en papel (vencido el Plazo de 10 años previsto en el art 18° de la Ley 26.529 modificada por la Ley 26.742).
Por ello, Clínica San Agustín comunica a sus pacientes asistidos hasta diciembre del año 2012 inclusive, que serán destruidas las Historias clínicas en resguardo actual el 1 de marzo del año 2023. Por ello, a quienes quieran conservar esa documentación, deberán hacerlo saber por mail a fin de solicitarla para que le sea entregada el original que consta en nuestro poder.
Solicitud de Historia Clínica
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Consultas e informes
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